El Ministerio de Seguridad reglamentó el uso de armas no letales

El Ministerio de Seguridad reglamentó el uso de armas no letales
infoentrerios.com
  • Publicado el:julio 27, 2024

El Ministerio de Seguridad reglamentó el uso de armas no letales para detener a agresores, con el argumento de que “resultan imprescindibles” en situaciones en las que las armas tradicionales representarían un exceso o que significarían un grave riesgo para otras personas”. Las armas “no letales” por excelencia son las de tipo eléctricas -como las famosas Taser-, que ya se usan en la ciudad de Buenos Aires y recibieron serios cuestionamientos de organismos de Derechos Humanos porque su uso equivale a la implementación de torturas y tratos crueles.

De acuerdo a la resolución, son ejemplos de “armamento no letal para la inmovilización o incapacitación de agresores”:

* Las pistolas que inmovilizan al objetivo mediante descargas eléctricas no letales.
* Las pistolas que disparan municiones con substancias irritantes u otros productos químicos no letales.
* Los artefactos eléctricos específicos para uso policial que provocan descargas no letales.
* Los gases paralizantes.
* Cualquier otro armamento no letal aprobado conforme a la reglamentación y que cumpliera los mismos fines.

La resolución no aclara a qué tipo de “agresiones” se refiere. Ni qué tipo de delitos o presuntos delitos están incluidos en su eventual uso. En las últimas movilizaciones contra medidas del Gobierno que integra la ministra Patricia Bullrich, y que firma la resolución, se detectó que las fuerzas federales usan ahora armas con gases mucho más poderosas que las antiguas y que ocasionan daños serios en el organismo de las víctimas.

Por caso, en la represión del 13 de junio en el Congreso contra la manifestación en oposición a la Ley Bases, cinco diputados que salieron de la sesión para intermediar con la policía terminaron como víctimas de las ahora reglamentadas “armas no letales”. Terminaron en el Hospital Oftalmológico Santa Lucía y el del Quemado. Ellos fueron Carlos Castagnetto, Leopoldo Moreau, Luis Basterra, José Luis Pedrini y Eduardo Valdes. Castagnetto fue el más afectado. Terminó descompuesto en el piso con quemazones en la cara y atendido por voluntarios de la Cruz Roja.

De todos modos, la resolución de Bullrich dice que “su efectividad ha sido probada en muchos países”, entre los que se menciona Estados Unidos, España, Gran Bretaña, Noruega, Australia, Canadá y Alemania.

También sostiene que “en años recientes se han registrado hechos fatales en los que resultaron víctimas miembros de fuerzas de seguridad por no contar con un arma no letal como, por ejemplo, las pistolas que inhiben los movimientos del agresor mediante una descarga eléctrica limitada pero suficiente para detener el embate”.

En su artículo tercero, la resolución dispone que “los integrantes de las fuerzas policiales y de seguridad federales deberán recibir capacitación especializada” como requisito esencial para la autorización de su uso.

Luego agrega, en el artículo cuarto, que “ante la necesaria utilización de armas no letales, los funcionarios de las fuerzas policiales y de seguridad federales deberán identificarse como tales a viva voz, advirtiendo su inmediata intervención, salvo que dicha manifestación pueda suponer un riesgo de muerte o lesiones para terceras personas, para el agresor, o para el personal de las fuerzas policiales y de seguridad federales o cuando ello resultare evidentemente inadecuado o inútil, dadas las circunstancias del caso”.

Además, precisa que “una vez dada la voz de alto o verificadas las circunstancias del artículo anterior, el avance del agresor en dirección del efectivo o de terceras personas en actitud de ataque o amenaza o la persistencia en una situación de amenaza se considerará una situación de riesgo suficiente que justifica el empleo del armamento no letal, aun cuando el agresor no llevare un arma de manera visible”. Y completa que esa circunstancia también se verificará “cuando se tratare de impedir la fuga de un delincuente de su lugar o situación de detención o que huyere tras la comisión de un delito”.

En mayo pasado, la ministra anunció la compra de un nuevo tipo de armas no letales para la Policía de Seguridad Aeroportuaria: las pistolas cinéticas Byrna, que son armas de aire comprimido que lanzan postas de goma cargadas con distintas sustancias. No son armas de fuego pero lastiman. Son similares a las que se utilizan en los juegos de paint-ball que disparan balas con pintura, pero la diferencia clave es que pueden utilizarse con municiones que sí hacen daño. Se cargan con postas de goma con gas pimienta en su interior, que al ser disparadas contra una persona la inmoviliza produciéndole irritación, alterándole la capacidad respiratoria y otros efectos nocivos que duran, aproximadamente, media hora.

Cuando se implementó en la Ciudad de Buenos Aires el uso de las pistolas Taser, las críticas de especialistas y de las organizaciones sociales y de derechos humanos insistieron en destacar la letalidad de estas armas, aunque fueron habilitadas como armas no letales. “Las Taser ya registran casos de muertes en los últimos años en Estados Unidos y en Australia”, advirtió entonces a Página 12 Ismael Jalil, abogado de Correpi. “En el manual -sostiene Jalil- dice que se trata de ‘un arma menos letal’, ponen la palabra ‘menos’. No se habla de que sean ‘no letales’. “Estos dispositivos pueden provocar la muerte”, aseguró por su lado Victoria Darraidou, coordinadora de Seguridad Democrática y Violencia Institucional, del Centro de Estudios Legales y Sociales (Cels). Y aclaró que la ONU señala que “el 90 por ciento de las personas abatidas con estos dispositivos está desarmada al momento del ataque”.

Ahora, en todo el país, las fuerzas federales que dependen de la ministra Patricia Bullrich -la misma que avala el disparo con arma de fuego por la espalda contra un ladrón (presunto o no)- ya pueden utilizar toda este serie de llamadas “armas no letales”.



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