Ingresó al Congreso el decreto del Gobierno que declara a Aerolíneas Argentinas “sujeta a privatización”
En el mismo día en que fue publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional envió al Congreso este miércoles el decreto 873/24, por el cual se declaró a Aerolíneas Argentinas “sujeta a privatización”. Se trata de un gesto por parte del oficialismo para ratificar su intención de desprenderse de la empresa, y a la vez un paso legal que está previsto en la Ley de Reforma del Estado.
Precisamente, el artículo 9 de esa norma establece que “la declaración de ‘sujeta a privatización’ será hecha por el Poder Ejecutivo Nacional, debiendo, en todos los casos, ser aprobada por ley del Congreso” y esto le asigna “trámite parlamentario de preferencia a los proyectos de esta naturaleza”.
Tras haber quedado fuera de la lista de empresas a privatizar en la Ley de Bases, el Gobierno, con ayuda de sus aliados, volvió a reflotar la idea de vender Aerolíneas Argentinas, a raíz del conflicto con los gremios aeronáuticos y los paros que se sucedieron en las últimas semanas.
El pasado 25 de septiembre arrancó el debate en las comisiones de Transportes y Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados, con la presencia del vicejefe de Gabinete Ejecutivo, José Rolandi, y el secretario de Transporte, Franco Mogetta. Hay dos proyectos en discusión, de Hernán Lombardi (Pro) y Juan Manuel López (CC).
El decreto 873 consta de cinco artículos por los cuales se declara “sujeta a privatización, en los términos y con los efectos previstos en la Ley N° 23.696 y sus modificatorias, a la empresa Aerolíneas Argentinas S.A.”.
“La declaración efectuada en el artículo 1° se regirá, en todo lo que fuera compatible o no se opusiere, por lo establecido en el Capítulo II del Título II de la Ley N° 27.742 (Ley de Bases)”, plantea el artículo 2°, que en su artículo 3° da cuenta al Honorable Congreso de la Nación.
El decreto lleva las firmas del presidente Javier Milei; el jefe de Gabinete, Guillermo Francos; y el ministro de Economía, Luis Caputo.
Recuerda el decreto que la Ley N° 23.696 y sus modificatorias establecen los procedimientos aplicables para proceder a la privatización total o parcial o a la liquidación de empresas, sociedades, establecimientos o haciendas productivas cuya propiedad pertenezca total o parcialmente al Estado nacional, disponiendo, como requisito previo, que hayan sido declaradas “sujetas a privatización”.
A través del artículo 9° de la citada ley se establece que la declaración de “sujeta a privatización” debe ser hecha por el Poder Ejecutivo Nacional y luego aprobada por ley del Congreso de la Nación.
El decreto destaca que “el Gobierno Nacional se encuentra desarrollando un amplio programa de transformación del sistema nacional de transporte en general y aéreo en particular, tendiente a racionalizar la oferta de servicios, expandir las inversiones y disminuir los costos; ello con la perspectiva de contribuir al incremento de la competitividad de la economía y al mejoramiento de la calidad de los servicios”.
Refleja el Ejecutivo que “en un país con una gran extensión geográfica, como es la de la República Argentina, la actividad aerocomercial tiene una relevancia estratégica para el transporte, el tránsito de pasajeros, el comercio regional e internacional y el desarrollo de las economías regionales”.
La mejora de la prestación del servicio aerocomercial repercute en toda la cadena de valor del transporte aéreo y en las múltiples industrias que dependen de manera directa e indirecta de este medio de transporte de personas y mercancías para su normal desarrollo.
Señala el texto que “la excesiva estructura descentralizada heredada por el actual Gobierno Nacional incluye más de 60 empresas del Estado, sociedades del Estado, sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, sociedades de economía mixta, otras organizaciones empresariales donde el Estado nacional tiene participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias, y entes públicos excluidos expresamente de la Administración Nacional”.
“A pesar de las buenas intenciones que podrían haber sustentado la sanción de la Ley N° 26.412, luego de 16 años de la estatización de la compañía, los objetivos propuestos no fueron concretados”, plantea el decreto, que hace hincapié en que la empresa presentó “marcadas pérdidas, las cuales fueron mitigadas a través del aporte del Tesoro Nacional con el fin de garantizar la continuidad operativa”.
“A pesar del grave resultado económico que arroja la gestión de Aerolíneas Argentinas S.A., sus empleados mantienen importantes beneficios que contribuyen a empeorar la situación descripta”, advierte el Ejecutivo en los considerandos, y hace referencia a continuación a beneficios tales como pasajes gratis en clase ejecutiva que reciben los pilotos y su grupo familiar, la disponibilidad de pasajes sin costo a favor de dos familiares o de un acompañante para los días festivos en los que deban trabajar, el pago de suplementos en dólares estadounidenses a los pilotos y grandes descuentos para el personal jubilado, entre otros.
Agrega que Aerolíneas Argentinas S.A. cuenta con una dotación de 1.107 pilotos de línea para 81 aeronaves activas, lo que representa una relación de aproximadamente 14 pilotos por cada avión operativo; un número desproporcionado con relación a los estándares de la industria a nivel mundial.
“En esa línea, el sobredimensionamiento de la estructura de Aerolíneas Argentinas S.A. surge con claridad de su comparación con compañías aéreas de la región; mientras que la empresa argentina cuenta con un promedio de 125 empleados por aeronave, Gol Linhas Aéreas Inteligentes S.A. (GOL) dispone de 97 y la Compañía Panameña de Aviación S.A. (Copa Airlines), de 70”, se indica.
Tras muchos más datos, el decreto señala que “con miras a la racionalización de los recursos y con la finalidad de solucionar la actual crisis económica que atraviesa el país, se torna necesaria la transferencia al sector privado de aquellos entes cuya actuación en el ámbito estatal ya no encuentra sustento”.